Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección 2015-2017


Publicado en el BOE el Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección para los años 2015, 2016 y 2017.

Los aspectos más relevantes del nuevo convenio se indican a continuación:

Vigencia para los años 2015, 2016 y 2017.

Incremento salarial del 0,5% para el primer semestre de 2015, y del 0,7% para el segundo; del 0'9% para 2016 y del 1,3% para 2017.

Revisión salarial al final de cada año de vigencia se revisará el IPC con carácter retroactivo al 1 de enero, utilizando como referente el IPC más reducido entre el que certifique el INE y la tasa de variación anual del IPC armonizado de la Zona Euro para cada uno de los años.

Pago de atrasos retroactivo en 2015: todas las empresas deberán hacer efectivos antes del 30 de septiembre los atrasos derivados de la aplicación de las Tablas Salariales 2015 de todos los Anexos con efectos desde el 1 de enero.

Reducción de jornada en cinco horas a lo largo de la vigencia del convenio (1 en 2015, 2 en 2016 y 2 en 2017).

El complemento a la Incapacidad Temporal se ampliará a los accidentes "in itínere".

El Crédito de horas de consulta médica se amplía a 20 horas, de las cuales 10 horas podrán ser para acompañamiento de hijos e hijas y familiares de primer grado.

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